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¿Qué implica firmar una cláusula de confidencialidad?

El acuerdo de confidencialidad o pacto de confidencialidad es un documento (o, bien, la cláusula de un documento más extenso), en el cual las partes se comprometen a no publicar ni desvelar a terceros toda aquella información considerada especialmente sensible.

Este pacto es bilateral, puesto que obliga a ambas partes a guardar secreto el objeto del acuerdo de confidencialidad. Para ello, es fundamental que el pacto recoja de forma detallada, el objeto que debe permanecer secreto, con el objetivo de evitar problemas. 

Suele incluir aquella documentación que se considera secreta, por ejemplo cualquier información de tipo técnico, industrial, financiero, comercial, fiscal, etc.

Estos pactos pueden incluir una cláusula penal en caso de incumplimiento, cuando se firman una vez extinguido el contrato, por ejemplo. Lo habitual es que esta cláusula consista en pagar una determinada suma de dinero en caso de violar el acuerdo. La cuantía debe ser proporcionada, ya que en caso de discrepancias entre las partes que un Juez puede modular la cláusula penal en caso de que la considerara desproporcionada. 

Si se incumple esa clausula de confidencialidad vigente el contrato de trabajo, se pueden imponer sanciones laborales.

 

¿Nunca has visto una cláusula de este tipo?

Si nunca has firmado una de estas cláusulas o no te haces a la idea todavía de lo que estamos hablando, te mostramos a continuación un ejemplo de este tipo de cláusulas que se pactan con ocasión de la salida de la empresa:

El Trabajador se abstendrá de notificar, divulgar, denunciar o suministrar a ninguna persona ajena a la Empresa, ya sea directa o indirectamente, los secretos, procedimientos, bases de datos de clientes, métodos, información de cualquier tipo respecto de las operaciones realizadas, absteniéndose igualmente de revelar secretos comerciales e información confidencial, así como de usarlos, directa o indirectamente, en su propio beneficio o en beneficio de terceros.

El Trabajador se obliga a destruir todos los documentos, archivos, o información de cualquier tipo, ya sea en forma escrita o en soporte magnético, visual o informático, incluyendo grabaciones audiovisuales, relacionados con las operaciones o hechos en los que el Trabajador tuvo cualquier tipo de participación o conocimiento durante el periodo en que prestó servicios a la Empresa.

Ambas Partes se comprometen a guardar estricta confidencialidad de los términos recogidos en el presente Acuerdo.

Este es un ejemplo muy simple de lo que estamos hablando, que, a lo largo de tu vida profesional, antes o después seguro que vas a firmar.

 

¿El trabajador puede negarse a firmar el pacto?

La obligación de confidencialidad del trabajador es parte de su deber de buena fe. Por ello, aunque el empleado se negara a firmar el acuerdo, podría considerándose efectivo en sus aspectos básicos. Ello es así porque el deber de confidencialidad y de sigilo profesional de los trabajadores se entiende dentro de los deberes laborales básicos recogido en el artículo 5 del Estatuto de los trabajadores, que impone al empleado cumplir sus obligaciones “de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia” .

Sin embargo, firmar el pacto sirve para dejar constancia de que, como trabajador, se te ha informado debidamente sobre tus obligaciones de confidencialidad. Esto te evitará problemas futuros relacionados con dicho pacto.

En definitiva, este tipo de pactos son una herramienta legal a disposición de las empresas para defender su información más sensible. 

*Si necesitas ulteriores aclaraciones en relación al pacto de confidencialidad, no dudes en contactar con nuestro bufete de abogados para Derecho Laboral en Madrid.

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