Existen circunstancias en que un contrato laboral puede ser considerado nulo, total o parcialmente, y aunque es uno de los conceptos más habitualmente citado referente al Derecho Laboral, muchos trabajadores realmente desconocen de qué se trata o cuáles son sus implicaciones.
Debemos considerar que el contrato laboral es el documento clave de la relación laboral entre empleado y empleador, siendo lo habitual e ideal que se formalice por escrito. Pero ojo, a pesar de que ambas partes estén aparentemente de acuerdo con lo firmado eso no implica que el documento sea válido, dado que puede contener errores o ausencias de elementos fundamentales.
¿Cuándo un contrato de trabajo es nulo?
Muy resumidamente, el contrato de trabajo será válido siempre y cuando no haya sido formalizado bajo ninguna de las causas previstas que provoquen su nulidad, y aquí es donde entran en juego todos esos potenciales factores.
Un caso muy común de anulación de contratos laborales es que se demuestre que hay deficiencias en algún elemento esencial relacionado con este tipo de formalización de relaciones laborales.
Cabe destacarse, de igual manera, que los contratos de trabajo tienen que celebrarse por escrito, incluso cuando la figura del contrato verbal existe y en muchos sectores se recurre a ella con mayor frecuencia de la recomendable. Por eso las leyes laborales indican que, en función de la naturaleza contractual en cuestión, hay contratos que deben celebrarse siempre por escrito, como en las relaciones fija-discontinuas, los contratos de relaciones laborales especiales y la conversión de un contrato temporal en uno fijo. Así como también los contratos a distancia.
Esto no quita que sea común que haya prestaciones de servicios bajo modalidades contractuales que en teoría obligan a formalizar los contratos por escrito, pero sin que éstos hayan sido debidamente celebrados en papel.
Cualquier trabajador que se encuentre en esta situación debe conocer cierta información sobre su relación laboral. En tal caso no se da lugar a la ineficacia del contrato, y existe la presunción iuris tantum de que dicho contrato se ha celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, siendo el empresario quien debe eventualmente probar que la relación no ha sido esa, y que la concurrencia del empleado a su puesto es menor en tiempo y horario.
Debemos considerar que, según cada caso, la nulidad del contrato no tiene por qué ser total, sino que puede ser parcial, dejando sin efecto únicamente las clausuras concretas que vulneren los derechos laborales y sustituyéndolas por lo estipulado en el convenio de aplicación a cada caso.
Conclusiones
Por todo lo dicho, es esencial que tanto empleado como empleador intenten regularizar su relación laboral cuanto antes, acudiendo a un abogado de ser necesario.
Cabe destacar que, en caso de que el empresario no esté de acuerdo con implicar un abogado laboralista en este proceso, el empleado puede contactar con este profesional por su cuenta.
Desde nuestro despacho de abogados para Derecho Laboral en Madrid podemos ayudarte: nos encargaremos de resolver conflictos relacionados con los contratos laborales y te orientaremos sobre los pasos a seguir para hacer valer tus derechos en base a la ley que te asiste. Es clave que esta actuación se lleve a cabo cuanto antes, para evitar retrasos, dilaciones, y todos los problemas que pueden aparecer cuando una relación laboral no está clara.