Puede parecer obvio, pero en el día a día nos encontramos con trabajadores que tienen muchas dudas a la hora de entender el finiquito que le elabora su empleador con ocasión de la extinción del contrato de trabajo.
Y no sólo eso, sino incluso acerca de cual es su valor liberatorio.
El finiquito es un documento que formaliza el fin de la relación laboral entre el trabajador y la empresa. Su objetivo principal es saldar todas las deudas y obligaciones derivadas de la relación laboral.
Componentes del finiquito
- Salario pendiente del mes que se cesa: El finiquito deberá reflejar cualquier salario pendiente que el empleador deba al trabajador hasta la fecha de la extinción. Esto incluye el salario correspondiente al periodo trabajado.
- Vacaciones devengadas y no disfrutadas: Si el trabajador tiene días de vacaciones acumulados que no ha disfrutado, estos deberán ser compensados económicamente en el finiquito.
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias devengadas y no cobradas: Si existen pagas extraordinarias pendientes de abonar, estas también deben incluirse en el finiquito. La periodicidad y la cuantía de estas pagas dependerán de lo establecido normalmente en el convenio colectivo.
- Otros conceptos no salariales: Como por ejemplo indemnizaciones o suplidos, prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social, indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos y mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social, productos en especie concedidos voluntariamente por la empresa, etc.
Es básico que, a la hora de firmar un finiquito, salvo que se entienda perfectamente su alcance, se este totalmente de acuerdo con su contenido y no se pretenda reclamar nada a la empresa, se haga constar la cláusula de “no conforme” y se haga constar la fecha de entrega en el documento.
Usualmente los finiquitos acostumbran a contener cláusulas, del tipo “con la firma de este documento me comprometo a nada más pedir ni reclamar, dándome por saldado y finiquitado de cualquier concepto derivado de la relación laboral”.
Ese valor liberatorio del finiquito impide posteriores reclamaciones, salvo contados casos de renuncias inválidas de derechos, vicios de la voluntad etc.
Y es que el Tribunal Supremo es claro cuando señala que, por regla general, debe reconocerse a los finiquitos, como expresión que son de la libre voluntad de las partes, la eficacia liberatoria y extintiva definitiva que les corresponden en función del alcance de la declaración de voluntad que incorporan, por ejemplo, Sentencia de 11 de noviembre de 2003, recurso 3842/02.
No obstante, hay ejemplos de finiquitos que no tienen valor liberatorio, por ejemplo, cuando el contrato se celebró con causa ilícita, cuando existen sucesivos contratos temporales con firma de finiquito a la finalización de cada uno de ellos, finiquito con liquidación inferior a la que legalmente correspondía etc.
*Dadas las implicaciones que conlleva entender y firmar o no un finiquito, contar con el asesoramiento de abogados especialistas en Derecho Laboral es fundamental. Desde Santiago Satué ofrecemos la experiencia y conocimientos necesarios para guiar a los trabajadores y empleadores en este proceso, asegurando que se respeten los derechos de ambas partes y se alcancen acuerdos justos.