La especialización es la clave del éxito

Especializado exclusivamente en Derecho Laboral para empresas y trabajadores

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email
Imprimir

¿Qué es el Plan de Igualdad para empresas?

El Plan de Igualdad para empresas es un conjunto de medidas que se adoptan después de realizar un diagnóstico de la situación previa en la organización, y con la finalidad de:

  1. lograr en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y 
  2. eliminar la discriminación por razón de sexo.

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece en su artículo 46 una definición legal de los mismos:

 

Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

Los planes de igualdad fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.

[…]  contendrán un conjunto ordenado de medidas evaluables dirigidas a remover los obstáculos que impiden o dificultan la igualdad efectiva de mujeres y hombres. 

Con carácter previo se elaborará un diagnóstico negociado, en su caso, con la representación legal de las personas trabajadoras, que contendrá al menos las siguientes materias:

a) Proceso de selección y contratación.

b) Clasificación profesional.

c) Formación.

d) Promoción profesional.

e) Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres.

f) Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.

g) Infrarrepresentación femenina.

h) Retribuciones.

i) Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

La elaboración del diagnóstico se realizará en el seno de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad, para lo cual, la dirección de la empresa facilitará todos los datos e información necesaria para elaborar el mismo en relación con las materias enumeradas en este apartado, así como los datos del Registro regulados en el artículo 28, apartado 2 del ET.

 

En suma, se trata mediante la implantación de los mismos, de buscar y lograr la eliminación de la discriminación entre hombre y mujer, siendo la motivación de los citados planes, entre otras, además de esa eliminación de elementos de discriminación, modificar patrones socioculturales que puedan provocar discriminación, prevención de conductas de acoso sexual, favorecer la igualdad de oportunidades en las organizaciones empresariales, favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar (para lo que determinados planes de igualdad existentes en empresas españolas mejoran la regulación, no solo del estatuto de los trabajadores sino de los diversos convenios colectivos sectoriales o de empresa en esta materia), implantar códigos de conducta en beneficio de empresa y empleado etc.

 

¿Está mi empresa obligada a tener un Plan de Igualdad?

Tras los cambios legislativos que se han llevado a cabo con la entrada en vigor del RD ley 6/19 de 1 de marzo, se ha establecido la obligación de implantar un plan de igualdad a las empresas con más de 50 trabajadores frente a la obligación de implantarlo en empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores que estaba establecida previamente.

Pero, además, el Tribunal Supremo ha establecido que se debe implantar un Plan de Igualdad en aquellas empresas cuyo convenio colectivo de aplicación así lo establezca, con independencia del número de personas trabajadoras. Sentencia de 9 de mayo de 2017.

Otro supuesto en el que tu empresa puede venir obligada a instaurar un Plan de Igualdad cuando así lo disponga la autoridad laboral en un procedimiento sancionador.

Deja un comentario

      He leido el Aviso legal y acepto la Política de privacidad *

Sus datos personales serán tratados por SANTIAGO SATUÉ GONZÁLEZ como responsable de la web www.santiagosatue.com La finalidad es gestionar el alta a esta suscripción. Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos enviando un email a santiagosatue@icam.es así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control, la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) Puedes consultar la información adicional y detallada en nuestro aviso legal y política de privacidad