Cesiones ilegales de trabajadores
Si desea evitar una situación de cesión ilegal de trabajadores o si entiende que, contratado por su empresa, esta le cede a otra empresa o a una administración pública, y estos son sus empleadores realmente, es el momento de asesorarse por profesionales especializados, como es el caso de nuestro despacho.
En nuestro despacho de Abogados Laboralistas analizaremos pormenorizadamente su caso, asesorándole y planteando las mejores estrategias posibles para conseguir sus objetivos.
¿Qué es una cesión ilegal de trabajadores?
La ley la define, y se entiende que hay cesión ilegal de trabajadores cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
- que el objeto de los contratos de servicios entre las empresas se limite a una mera puesta a disposición de los trabajadores de la empresa cedente a la empresa cesionaria,
- o que la empresa cedente carezca de una actividad o de una organización propia y estable, o no cuente con los medios necesarios para el desarrollo de su actividad, o no ejerza las funciones inherentes a su condición de empresario.
La cesión ilegal, puede tener lugar tanto entre dos empresas reales, cuando la empresa cedente, disponiendo de estructura y patrimonio propio, no ejerce su poder de dirección, o entre una empresa real o cesionaria y otra aparente, ficticia, la cedente, que se dedica únicamente a suministrar mano de obra a aquella.
En la cesión ilegal, el derecho de los trabajadores a optar por ser fijos en la empresa cedente o cesionaria, sólo podrá ejercitarse durante el período en que se mantenga viva la cesión ilegal.
Cuando la ilicitud afecta a administraciones públicas, si se opta por incorporarse a la administración, se adquiere la condición de indefinido no fijo.
Como indicábamos más arriba, si entiende que se encuentra en uno de estos supuestos, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
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