El elemento fundamental que necesitas para acreditar los hechos sobre los que basa tu pretensión a la hora de demandar a tu empresa, son las pruebas en que te basas.
Surgen muchas dudas para saber cuáles son los medios de prueba que puedes utilizar en un juicio laboral. En estas líneas te damos una breve orientación al respecto.
Para comenzar, debemos saber los tipos de pruebas que puedes aportar en un juicio laboral. Estas serían el interrogatorio de partes, la prueba testifical, la prueba pericial y la documental.
La ley que regula el proceso laboral -la ley reguladora de la jurisdicción social-, establece:
Las partes, previa justificación de la utilidad y pertinencia de las diligencias propuestas, podrán servirse de cuantos medios de prueba se encuentren regulados en la Ley para acreditar los hechos controvertidos o necesitados de prueba, incluidos los procedimientos de reproducción de la palabra, de la imagen y del sonido o de archivo y reproducción de datos, que deberán ser aportados por medio de soporte adecuado y poniendo a disposición del órgano jurisdiccional los medios necesarios para su reproducción y posterior constancia en autos.
Por tanto, las grabaciones de imagen o sonido son pruebas que puedes utilizar en un juicio laboral, pero cuidado, si no se hubiesen obtenido vulnerando un derecho fundamental.
- Mediante el interrogatorio de partes, se toma declaración a la otra parte sobre los hechos de la demanda.
- Mediante la prueba testifical se pide el testimonio de un tercero, que es ajeno al proceso, y con obligación de decir verdad. El testigo responderá en primer lugar las preguntas que le realice la parte que hubiera solicitado la prueba testifical y luego podrán realizarle las preguntas que estimen el resto de las partes y el propio juez. En esta prueba se encuadraría la actividad probatoria realizada por detectives, por ejemplo, que deben acudir al juicio a ratificar su informe.
- Mediante la prueba pericial, las partes pueden valerse de profesionales expertos en el área a que pertenecen, que igualmente han de ratificar su informe, por ejemplo, una pericial caligráfica etc.
- Mediante la prueba documental, pública o privada, deben aportarse todos aquellos documentos que se consideren necesarios para acreditar los hechos alegados.
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