El Estatuto de los Trabajadores es una normativa que regula de forma precisa todo lo que puede llegar a suceder entre trabajador y empresa. Por lo general, su función principal es proteger al trabajador, ya que es la figura que suele estar en desventaja en la ecuación entre ambos.
El propio Estatuto de los Trabajadores se ocupa de que se cumplan ciertas obligaciones (incluidas las que no aparecen en el contrato de trabajo) y, a su misma vez, también define las prohibiciones.
Todos los conflictos derivados de la relación laboral entre trabajador y empresario, deberán respetar unos derechos mínimos que se encuentra recogidos en el texto unificado de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué derechos regula el Estatuto de los Trabajadores?
Incluye un total de 92 artículos, la mayoría relacionados con los derechos de los trabajadores. Vamos a ver los más destacados:
- Remuneración según contrato.
- Ocupación efectiva: es decir que los trabajadores no permanezcan desocupados.
- Negociación colectiva: con el objetivo de pactar convenios o acuerdos.
- Promoción y formación en el trabajo.
- No ser discriminados por razón de sexo, religión, edad, origen, orientación sexual o ideología.
- Integridad física y existencia de una política de seguridad e higiene adecuadas.
- Respeto a la dignidad e intimidad.
- Protección frente al acoso.
- Poder ejercitar acciones individuales y judiciales relacionadas con los contratos de trabajo en general.
¿Quién está protegido por el Estatuto de los Trabajadores?
Como hemos indicado arriba, el ET regula las relaciones laborales de los trabajadores que presten servicio de forma totalmente voluntaria a un organismo empleador, ya sea este físico o jurídico.
Por lo tanto, protege a todos aquellos que trabajen por cuenta ajena, quedando excluido los autónomos o trabajadores por cuenta propia.
También se debe tener en cuenta que los TRADE (trabajadores autónomos económicamente dependientes) están amparados por el Estatuto de los Trabajadores en ciertos puntos, al igual que otros colectivos como bien pueden ser las artistas, los deportistas profesionales, etc.
Los funcionarios, ya que están protegidos por el Régimen Administrativo o Estatutario, quedan totalmente excluidos de la regulación del Estatuto de los Trabajadores.
Dentro de la aplicación del ET también se encuentran aquellos trabajadores que hayan sido contratados por empresas españolas en el extranjero, al igual que aquellas empresas extranjeras que operen en territorio español.