Para abordar este tema, primero debemos hacer un breve acercamiento al concepto de acoso laboral.
Se puede entender como un hostigamiento de carácter psicológico en el trabajo, que puede consistir en cualquier comportamiento de jefes (acoso vertical) o de los propios compañeros (acoso horizontal), que suponga desde la degradación de las condiciones de trabajo hasta hacer el vacío en las relaciones laborales y siempre con menoscabo en la persona que lo sufre.
Desde nuestro despacho estamos preparados para hacer frente a cualquier procedimiento en el que la víctima de esta situación quiera defender sus derechos y protegerse frente a ellos.
El acoso laboral es una situación compleja que se ha de analizar caso por caso por especialistas del derecho laboral, -desde el ámbito jurídico, puesto que en la mayoría de los casos hay un componente de atención psicológica o psiquiátrica imprescindible- pues hay tantas situaciones y casuísticas posibles, que es necesario una atención muy personalizada
Entre algunas de las acciones constitutivas de mobbing podemos mencionar, por ejemplo: mantener al trabajador aislado, incomunicado, o sin tareas por períodos prolongados; dictarle órdenes que sean de imposible cumplimiento; ocuparle con labores inútiles; tomar represalias por el justo ejercicio de sus derechos; insultarle o menospreciarle, o difundir rumores falsos sobre su persona.
Una de esas actitudes por sí sola puede no suponer una violación de los derechos laborales del trabajador, pero al repetirse y al persistir en el tiempo, pueden dar lugar a la situación que describimos.
Frente a una situación de acoso laboral, el empresario deberá estar asimismo atento a los hechos, porque de no tomar todas las medidas necesarias para resolver el problema, podría incurrir en responsabilidades pues es responsable por acción u omisión de la salud laboral de sus trabajadores.
¿Cuáles son sus características?
Entre otras:
- Hostigamiento, persecución o violencia psicológica de evidente intensidad y reiteración;
- Prolongación en el tiempo de las conductas;
- Una clara finalidad de dañar;
- Producción del daño.
¿Cuáles son los derechos afectados?
Se pueden ver afectados derechos fundamentales como son la libertad personal, la dignidad de la persona, su integridad física y moral, su intimidad, y su honor.
Si deseas conocer más acerca de esta cuestión puedes leer este otro enlace de nuestro blog, donde te indicamos sobre qué hacer si padeces esta situación.
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