Un clásico de las cartas de despido es el que acude a lo dispuesto en el artículo 54. 2.e) del Estatuto de los Trabajadores: “La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado”.
Y al amparo de tan socorrido precepto, nos encontramos con cartas de despido que son auténticos desastres, a comunicaciones extintivas bien elaboradas y que tienen una fundamentación impecable.
Por ello, ya seas empresa o trabajador, ante un problema en el ámbito laboral, acude a un abogado laboralista, es decir, especialista en derecho laboral.
Pero, ¿me pueden despedir si he bajado mi rendimiento?
Si, sin duda, y, de hecho, si hemos de tender a empresas donde cada vez es necesario ser más competitivo, esta causa de despido podría ser, bien utilizada, una herramienta de corrección de conductas llevadas a cabo por trabajadores, digamos, con escaso apego al esfuerzo.
El problema se da cuando, en vez de sancionar adecuadamente conductas impropias, se intenta expulsar de la empresa a un trabajador, sin causa ni motivo alguno, aludiendo a un hipotético bajo rendimiento.
Entonces, ¿Dónde están los limites para este tipo de despido?
Pues básicamente, para que esta causa prospere, se necesita una disminución del rendimiento cierto y constatable respecto a lo que se pediría o exigiría en una actividad normal.
Se requiere además una continuidad en la actitud del trabajador y claro está, que la disminución sea debida voluntad del trabajador. Si hay una causa ajena a su voluntad, esta causa de despido no puede ni debe prosperar.
La jurisprudencia viene exigiendo tradicionalmente una gravedad objetiva, además, necesitándose parámetros de comparación en relación al rendimiento anterior del trabajador, o al rendimiento de trabajadores en condiciones homogéneas y similares a las del trabajador despedido.
Hay que entender, que, si hay un rendimiento pactado, y este no se alcanza, se estaría entrando de lleno en esta causa de despido.
En nuestro despacho contamos con amplia experiencia en esta materia en concreto, y en derecho laboral en general; si necesitas ayuda de un abogado laboralista en Madrid, ya seas empresa o trabajador, en temas de despido, excedencias, reclamaciones de cantidad, Seguridad Social, etc., contacta conmigo y estudiaré tu situación para ofrecerte la mejor solución legal a aplicar.
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