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Despido procedente por ausencias injustificadas

SegĂșn el artĂ­culo 54.1 del Estatuto de los Trabajadores, sobre el despido disciplinario, 

“El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.”

En el artĂ­culo 54.2 se detallan los incumplimientos contractuales:

 

a) Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.

b) La indisciplina o desobediencia en el trabajo.

c) Las ofensas verbales o fĂ­sicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.

d) La transgresiĂłn de la buena fe contractual, asĂ­ como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.

e) La disminuciĂłn continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.

f) La embriaguez habitual o toxicomanĂ­a si repercuten negativamente en el trabajo (mĂĄs informaciĂłn en esta entrada del blog).

g) El acoso por razĂłn de origen racial o Ă©tnico, religiĂłn o convicciones, discapacidad, edad u orientaciĂłn sexual y el acoso sexual o por razĂłn de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

 

ÂżCuĂĄntas faltas de asistencia o puntualidad son necesarias para que un despido se considere justificado?

El nĂșmero concreto de ausencias o retrasos suele estar recogido en el Convenio Colectivo de cada sector o empresa.

 Es importante, antes de aplicar cualquier sanciĂłn, verificar que se trate efectivamente de faltas injustificadas. Por ello, toda falta de asistencia o retraso que no haya sido previamente avisado serĂĄ considerado primeramente como injustificado.

Sin embargo, existen casos en los que es imposible avisar con antelaciĂłn. De tratarse de un imprevisto que el trabajador no puede controlar, no podrĂĄ catalogarse como falta injustificada. Por ello, es necesario analizar es si el trabajador estĂĄ incurriendo en algĂșn tipo de comportamiento culpable, ya que, de ser asĂ­, la falta no estarĂ­a justificada en ningĂșn caso.

 

*Para mĂĄs informaciĂłn, no dudes en ponerte en contacto con nuestro bufete de abogados laboralistas en Madrid para despidos.

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