La reciente Sentencia del Tribunal Supremo (STS 1280/2025, de 17 de diciembre de 2025) ha venido a unificar doctrina sobre una cuestión esencial en el Derecho Laboral: la exigibilidad de bases de cuantificación para la reclamación de daños morales derivados de un despido nulo.
El Tribunal Supremo establece con claridad que, una vez declarada la vulneración de un derecho fundamental, el órgano judicial tiene la obligación de pronunciarse sobre la cuantía indemnizatoria.
Esta resolución se fundamenta en la interpretación de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS):
- Si bien el art. 179.3 LRJS exige concretar la cuantía, se exceptúan los daños morales unidos a la vulneración de derechos fundamentales cuando su estimación detallada resulte compleja.
- El art. 183.2 LRJS impone al juez el deber de fijar la cuantía de forma prudencial cuando la prueba exacta del importe sea costosa o difícil.
- El daño moral se considera inherente a la lesión del derecho fundamental, por lo que no puede denegarse simplemente por un déficit en la propuesta de cuantificación del trabajador.
El Tribunal distingue nítidamente entre los daños patrimoniales (que requieren bases objetivas de cálculo) y el daño moral.
Para este último, se flexibilizan las exigencias probatorias y se recomienda el uso de parámetros orientativos:
- Uso de la LISOS: Se valida el uso de los tramos sancionadores de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social como referencia razonable.
- Ponderación de circunstancias: La cuantía debe ajustarse atendiendo a la antigüedad del trabajador, la intensidad y persistencia de la lesión, las consecuencias sociales y la actitud de la empresa.
- Doble finalidad: La indemnización debe cumplir tanto una función resarcitoria (reparar el daño al trabajador) como preventiva (disuadir futuras conductas infractoras por parte del empleador).
Esta doctrina del Tribunal Supremo garantiza que la tutela de los derechos fundamentales sea efectiva y no quede vacía de contenido por dificultades técnicas de valoración al presentar la demanda.
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