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La prestación por desempleo

Cuando hablamos de prestación por desempleo, lo hacemos de la prestación contributiva, no del subsidio.

Protege la citada prestación de desempleo en que se encuentran aquellos que, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan el empleo de forma temporal o definitiva, o vean reducida, al menos en una tercera parte, su jornada laboral, con la correspondiente pérdida o reducción de salarios por alguna de las causas establecidas como situaciones legales de desempleo.

 

¿Cuánto dura la prestación por desempleo?

La duración de la prestación depende del periodo de ocupación cotizada en los últimos seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, o desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior, con arreglo a una escala que incluye desde 360 días de cotización (que darían derecho a 120 días de prestación) hasta 2.160 días o más de cotización (en cuyo caso la prestación se extendería a 720 días).

 

¿Qué es la situación legal de desempleo?

Son las causas por las que finaliza o se suspende la relación laboral que no dependen de la voluntad de la persona trabajadora.

Permiten a las personas trabajadoras acceder a las prestaciones por desempleo, siempre que reúnan los requisitos exigidos.

Un ejemplo de situación legal de desempleo es el despido, que es el que en la mayoría de las ocasiones se da para acceder a la prestación.

 

¿Quiénes están protegidos por esta prestación?

Los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, y el personal contratado en régimen de derecho administrativo y los funcionarios de empleo al servicio de las Administraciones Públicas que tengan previsto cotizar por esta contingencia.

También los trabajadores por cuenta ajena incluidos en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social que protegen esta contingencia (trabajadores de minería del carbón, trabajadores fijos por cuenta ajena del Régimen Especial Agrario, trabajadores del mar, incluidos los retribuidos a la parte que presten servicios en embarcaciones pesqueras de menos de 10 toneladas de registro bruto).

 

¿Qué requisitos debo cumplir para acceder a la prestación por desempleo?

  • Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada a la de alta.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo.
  • Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • Tener cotizado un periodo mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
  • No haber cumplido la edad ordinaria para causar derecho a la pensión de jubilación.

 

¿Cuánto se cobra estando en el paro por prestación contributiva?

  • 70% de la Base Reguladora durante los 180 primeros días.
  • 50% de la Base Reguladora durante el resto de la prestación.

Esta prestación tiene límites específicos, no pudiendo superar el 175 % del IPREM, salvo que se tengan hijos a cargo; si se tiene un hijo a cargo el límite es el 200% del IPREM y con dos o más hijos a cargo, el límite es el 225% del IPREM. (Ese porcentaje se incrementa en una sexta parte en cada caso).

El IPREM, es el indicador público de rentas de efectos múltiples.

Para el año 2024, el límite sin hijos a cargo es de 1.225 €, con un hijo a cargo es de 1.400 € y con dos o más hijos a cargo es de 1.575 €.

Por otro lado, tiene un importe mínimo: sin hijos a cargo se percibe, como mínimo, el 80% IPREM mensual incrementado en una sexta parte.

Cuando se tiene algún hijo a cargo, se recibe, como mínimo, el 107% IPREM mensual incrementado en una sexta parte.

Es decir, como mínimo 560 € en un caso y 749 € en el otro.

 

¿Cuál es la base reguladora?

La base reguladora de la prestación por desempleo se obtiene calculando la media de la base de cotización por la contingencia de desempleo correspondiente a los últimos 180 días trabajados, teniendo en cuenta los días naturales de cada mes.

En los casos de regulación temporal de empleo de suspensión de la relación laboral o reducción de jornada, la base de cotización a la Seguridad Social durante la percepción de la prestación de aquellas personas trabajadoras por las que exista obligación legal de cotizar, será equivalente al promedio de las bases de los últimos seis meses de ocupación cotizada por contingencias comunes y por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación legal de cotizar.

 

¿Cuándo nace el derecho a la prestación?

Pues cuando se da el hecho causante y el interesado solicita la prestación -no es automática-, por ejemplo, si la situación legal de desempleo viene de un despido, desde el despido y tras su solicitud.

Ahora bien, además de la solicitud es necesaria la inscripción como demandante de empleo y la suscripción del compromiso de actividad.

Se ha de tener en cuenta que, si quedan pendientes vacaciones sin disfrutar, no se estará en situación de cobrar la prestación, hasta que no transcurran los días equivalentes a periodo vacacional no disfrutado.

 

¿Tengo plazo para pedir la prestación?

Si, el plazo es de 15 días hábiles, sin contar festivos, sábados y domingos.

 

¿Y si se me pasa el plazo?

Si transcurren 15 días y no has “pedido el paro”, como popularmente se dice, no pierdes el derecho a la prestación, pero si que pierdes tantos días de prestación que vayan desde el momento de la situación legal a la fecha de la solicitud, (no los que pasan de los 15 días de plazo).

 

Si mi despido es procedente ¿tengo derecho a la prestación?

Si, no tendrás derecho a indemnización derivada del despido, pero si a la prestación por desempleo.

 

*Para más información sobre despidos:

Tipos de despido en España

He firmado el finiquito, ¿puedo reclamar contra mi despido?

Cambios en la indemnización por despido. ¿Dónde estamos?

 

*Si lo deseas, desde nuestro despacho de abogados laboralistas en Madrid para despidos, podemos ayudarte en cuestiones relacionadas con tu despido y tu prestación por desempleo.

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